Comision Minera

FAQ

1) ¿Qué es la Comisión Calificadora de Competencias en Recursos y Reservas Mineras o Comisión Minera?

Es la entidad creada en Chile, bajo la Ley 20.235 del año 2008, con el propósito de administrar el Registro Público de Personas Competentes en Recursos y Reservas Mineras.

2) ¿Qué significa ser Persona Competente?

Significa estar habilitado para suscribir o emitir Informes Públicos sobre estimación de Recursos y Reservas Mineras. Para esto, la Persona Competente debe ceñirse estrictamente a las normas establecidas en el Código CH 20235, y a todas las normas de carácter técnico que la Comisión Minera dicte en uso de sus facultades legales.

3) ¿Cuáles Informes son considerados Informes Públicos?

De acuerdo con lo que indica el Artículo 3 de la Ley 20.235, se entenderá por:

  • Informe Técnico: todo documento cuyo objeto sea proveer de información científica o técnica concerniente a las actividades de exploración, desarrollo y producción de una actividad minera.

 

  • Reporte Público: cualquier declaración verbal o escrita, cuyo destinatario final sea una entidad reguladora, inversionistas o el público en general, con independencia del medio de comunicación utilizado, y que se refiera a las características generales de uno o varios yacimientos minerales, en especial a los resultados de las labores de exploración realizados en los mismos.

Adicionalmente, sobre Información Continua y Pública, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) en su Norma General 294 de 2010, punto 3, establece que:

Las declaraciones verbales o escritas respecto de resultados de actividades de exploración de yacimientos mineros o de las características del potencial geológico de éstos, sean propios o de terceros, deben ser realizadas por una persona certificada como Persona Competente según corresponda a su competencia registrada.

Si tales declaraciones son incorporadas en la Memoria Anual de empresas, en prospectos de colocación u otra documentación que se remita a una entidad reguladora, al público en general o a un grupo de inversionistas, se debe especificar la identificación de la Persona Competente que certificó esta información, la fecha de ésta, si es o no trabajador de la persona jurídica o entidad, y lo anterior debe ir precedido del respectivo Certificado de Vigencia.

4) ¿Qué es el Registro Público de Personas Competentes?

El Registro Público de Personas Competentes es el listado de profesionales que cumple con los requisitos establecidos en la Ley 20.235, su reglamento y normas complementarias.

Registro Publico de Personas Competentes de Comisión Minera

5) ¿Por qué ser Persona Competente?
  • Porque sólo las Personas Competentes pueden emitir Informes Técnicos y Reportes Públicos sobre los recursos y reservas de proyectos mineros que se ejecutan en el país, en cualquiera de sus fases de desarrollo.
  • Porque la certificación de Persona Competente garantiza la formación académica y experiencia profesional, y da seguridad a sus clientes sobre la transparencia y materialidad de su trabajo.
  • Porque los Informes de las Personas Competentes son una garantía para el mercado de capitales, ya que la acreditación avala tanto la competencia como la ética profesional.
  • Porque las Personas Competentes acreditadas en Chile tienen proyección internacional, ya que pueden firmar informes como QP (Qualified Person) en otros países miembros de CRIRSCO, con los que se tiene acuerdos de reciprocidad.
6) ¿Cómo puedo ser Personas Competente?
7) ¿Qué es y cuándo solicitar un Certificado de Vigencia (CDV)?

El Certificado de Vigencia (CDV) es un documento reconocido en el Artículo 5 de la Ley 20.235, el cual acredita la “Competencia Específica” de una Persona Competente para responsabilizarse, informar y reportar sobre una materia o tema en particular, en el contexto de los recursos y reservas mineras, de acuerdo con su especialidad y experiencia específica registrada en la Comisión Minera.

De acuerdo a la Ley 20.235 y su Reglamento, cada uno de los informes técnicos y reportes públicos que suscriba o emita una Persona Competente, debe ir precedido de un Certificado de Vigencia, el cual tiene validez sólo para la gestión solicitada.

Omitir acompañar el Certificado de Vigencia junto con el Informe Técnico o Reporte Público por parte de una Persona Competente, es considerado una falta grave al cumplimiento de las normas de la Comisión Minera, lo que será motivo de amonestación y, en caso de reiteración, motivo de suspensión o eliminación del Registro, según análisis caso a caso.

8) ¿Quiénes solicitan un Certificado de Reconocimiento?

En virtud de los Acuerdos de Reciprocidad establecidos por la Comisión Minera, y según lo establecido en la Ley 20.235, los profesionales acreditados por entidades extranjeras, con las cuales exista Acuerdos de Reciprocidad,  pueden ser reconocidos como Personas Competentes en Chile, para lo cual deben solicitar un Certificado de Reconocimiento (CR).

Para mayor información revisar Certificado de Reconocimiento (CR)

9) Si se tiene los años de experiencia, pero el Título Profesional está en trámite, se puede postular a Persona Competente?

No, para postular a Persona Competente es requisito presentar fotocopia de Título profesional legalizado ante Notario.

10) ¿Qué es el Comité de Admisión?

El Comité de Admisión es aquél encargado de entrevistar a los postulantes, para interiorizarse con mayor detalle de los antecedentes académicos y profesionales de los postulantes. Este Comité está compuesto por Personas Competentes con amplia experiencia y trayectoria, y normalmente se designa a dos de ellos para cada entrevista.

De acuerdo con el resultado de la entrevista, el Comité de Admisión emite un informe al Directorio de la Comisión Minera, con su recomendación de aceptar o rechazar la postulación.

11) ¿Cuáles son las formas de Pago para Cuota de Postulación, Anualidad o Cursos?

A) Depósito o Transferencia ($)

– Banco de Chile
– Cta. Cte. N°0770113205
– Nombre: Comisión Minera
– RUT: 65.972.270-4
– Email. contacto@comisionminera.cl

B) Transferencia en dólares americanos ($USD) (solicitar monto a contacto@comisionminera.cl)

Nombre: Comisión Calificadora de Competencias en Recursos y Reservas Mineras
Banco de Chile
Cuenta Corriente (USD): 05-077-03803-08
RUT: 65.972.270-4
Código: SWIFT BCHICLRM
Email: contacto@comisionminera.cl

C) Link de pago

Solicitar a Comisión Minera link de pago para pagar en $USD a través de Paypal (solicitar monto y link de pago a contacto@comisionminera.cl)