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7) ¿Qué es y cuándo solicitar un Certificado de Vigencia (CDV)?

Fecha: 14/03/2023

El Certificado de Vigencia (CDV) es un documento reconocido en el Artículo 5 de la Ley 20.235, el cual acredita la “Competencia Específica” de una Persona Competente para responsabilizarse, informar y reportar sobre una materia o tema en particular, en el contexto de los recursos y reservas mineras, de acuerdo con su especialidad y experiencia específica registrada en la Comisión Minera.

De acuerdo a la Ley 20.235 y su Reglamento, cada uno de los informes técnicos y reportes públicos que suscriba o emita una Persona Competente, debe ir precedido de un Certificado de Vigencia, el cual tiene validez sólo para la gestión solicitada.

Omitir acompañar el Certificado de Vigencia junto con el Informe Técnico o Reporte Público por parte de una Persona Competente, es considerado una falta grave al cumplimiento de las normas de la Comisión Minera, lo que será motivo de amonestación y, en caso de reiteración, motivo de suspensión o eliminación del Registro, según análisis caso a caso.